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jueves, 9 de junio de 2016

Procesión del coño insumiso no es delito

Procesión del coño insumiso - Foto La Marea
Una particular procesión se realizó el 1 de mayo de 2014 en Sevilla, España. La imagen de un coño, como llaman los españoles a la vulva u órgano sexual femenino externo, fue cargado en procesión por un grupo de feministas de manera similar a como es llevada la imagen de la virgen María.

La procesión pasó cerca a varias iglesias católicas por la vía pública, pero nunca entró a ellas. Dentro de sus arengas se encontraron frases como "la virgen María también abortaría". El santísimo coño también fue objeto de una oración particular:

La Diosa te salve, Vagina
¡Llena eres de gracia!
El Coño es contigo
Bendita tú eres entre todas nuestras Partes
Y bendito es el fruto de tu sexo, el Clítoris,
Santa vagina, Madre de todas
ruega por nosotras, liberadas,
Ahora, y en la hora de nuestro orgasmo,
Gimén.

Esta acción fue calificada como un delito de odio por la Asociación Española de Abogados Cristianos, quien demandó a cuatro mujeres protestantes. Las chicas se exponían a una pena de prisión de uno a cuatro años y una multa de seis a doce meses.

En su momento las manifestantes negaron querer obstruir el culto religioso. “Estamos firmes, defendiendo la libertad de expresión, los derechos humanos y no aceptamos ser acusadas ni criminalizadas porque salimos a reivindicar nuestros derechos como ciudadanas que somos” , dijo una activista.

Pues bien, el caso se ha archivado por la jueza Pilar Ordoñez "El no creer en los dogmas de una religión y manifestarlo públicamente entra dentro de la libertad de expresión" afirmó la togada.

"Es posible que ello afectara los sentimientos de personas que presenciaran la misma, pero es necesario, para que los hechos sean típicos, que concurra un claro propósito doloso y la finalidad de afectar a los derechos de matiz religiosos o herir estos sentimientos, requiriéndose por tanto un dolo específico o ánimo deliberado de ofender los sentimientos religiosos legalmente tutelados".

La magistrada al a analizar el caso concluyó que  "Las investigadas intentaron exteriorizar en la manifestación opiniones contrarias o discrepantes con la Iglesia católica y con el fin de apoyar los derechos laborales de la mujer", admite que pudo existir una "burla". "Esa burla que pudieron realizar no consta se hiciera con el fin de menoscabar, humillar o herir los sentimientos religiosos de terceros".


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