En las pasadas elecciones la ICAR hizó una clara intervención en campaña electoral al pedirle a sus feligreses que no votaran por candidatos que se opusieran a que la Iglesia Católica mantenga los priveligios de religión estatal. Esto llevó a la Asociación Costarricense de Humanistas Seculares a interponer un recurso de amparo, el cual fue ganado.
Así lo reportó Mentis Liber:
El Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) dio con lugar el recurso de amparo electoral presentado por la Asociación Costarricense de Humanistas Seculares contra el obispo de Cartago, Costa Rica, José Francisco Ulloa, por una homilía donde llamó a no votar por candidatos que estuvieran en contra de los principios católicos.
Las declaraciones de Ulloa se dieron el 6 de setiembre de 2009, momento en que se discutía un proyeto para eliminar la confesionalidad del Estado costarricense y en vísperas de la campaña electoral para los comicios presidenciales del 5 de febrero de 2010:
“Estamos frente a una campaña política, en donde debemos escoger muy bien a quienes nos van a gobernar. Candidatos que niegan a Dios y defienden principios que van contra la vida, contra el matrimonio y contra la familia. Ya los estamos conociendo. Por lo tanto, debemos ser coherentes con nuestra fe y en conciencia no podemos darles un voto.”
“Estamos frente a una campaña política, en donde debemos escoger muy bien a quienes nos van a gobernar. Candidatos que niegan a Dios y defienden principios que van contra la vida, contra el matrimonio y contra la familia. Ya los estamos conociendo. Por lo tanto, debemos ser coherentes con nuestra fe y en conciencia no podemos darles un voto.”
Aunque tarde, la decisión de los magistrados sienta un precedente histórico pues es la primera vez que un obispo es sancionado por violentar el artículo 28 de la Constitución Política de Costa Rica que establece:
“No se podrá, sin embargo, hacer en forma alguna propaganda política por clérigos o seglares invocando motivos de religión o valiéndose, como medio, de creencias religiosas”
Costa Rica no es la única. Argentina también tiene a la religión católica como oficial en su Constitución.
ResponderEliminar"Art. 2º.- El Gobierno federal sostiene el culto católico apostólico romano."
Bueno, pasito a pasito...
ResponderEliminarGracias Mira. Ya se hizo la corrección en el texto.
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